Empleador: no hay obligación de pagar al trabajador por entregar el puesto.
Se despide al trabajador y abandona todo
La situación de muchos empleadores cuando deben despedir un trabajador, es que aquel simplemente deja «botado el puesto». No regresa por su liquidación, no entrega el puesto, no entrega elementos, y en cambio si procede a entablar demandas o quejas.
¿Se debe pagar al trabajador para la entrega del puesto?
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sentencia SL-120412016 (50027), Jul. 27/16, aclaró que el período que dura el empalme o entrega del puesto de trabajo, luego de terminar la relación laboral, no quiere decir que el empleador está obligado a pagar por ese tiempo.
La corte aclaró que las obligaciones del empleador terminan cuando se acaba el contrato de trabajo.
Es preciso recordar además, que a pesar de ello, puede ser que las obligaciones del trabajador con la empresa no terminen con el fin del contrato laboral. Es el caso de la entrega del puesto de trabajo.
Entonces, ¿qué hacer?
Es recomendable a los empleadores, que establezcan desde el mismo reglamento interno de trabajo y posteriormente en el contrato de trabajo, que el trabajador debe entregar el puesto día, junto con todos los elementos que debe devolver a la empresa y fijar pautas que le permitan hacer exigible esta condición.
Un reglamento interno de trabajo adecuado a las necesidades y propósitos de la empresa, junto con contratos previsivos, es la mejor solución.
Demandar al trabajador
En determinados casos, cuando la situación lo amerita, puede analizarse demandar al trabajador, que también es responsable ante la ley y ante la empresa, por los daños que cause su negligencia.
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Fuente formal: Código Sustantivo del Trabajo