¿QUÉ HAGO SI NO COMETÍ LA INFRACCIÓN DE TRÁNSITO, PERO ME LA ESTÁN COBRANDO? PARTE 2

Si no fue Usted la persona que conducía el vehículo el día y hora en que se registró por medios técnicos la comisión de la infracción, pueden suceder dos cosas, la estrategia de defensa dependerá de la forma en que Usted haya conocido de la infracción en su contra:

  1. Usted conoció de la falta tiempo después, cuando quiso realizar algún trámite. Si es su caso, CLICK AQUÍ. (Es otro tema y procedimiento)
  2. Si a Usted le llegó una notificación de comisión de la infracción a su casa, dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se registró la falta.

Pensando en que este último es su caso, esto es lo que puede hacer:

Si puede localizar a la persona que cometió la falta y la logra convencer de la necesidad de pagar el comparendo para que no lo perjudiquen a Usted, proceda a pagar dentro de los 11 días siguientes, haga el curso que le da derecho al descuento del 50%  y sale del problema.

Cuando definitivamente no puede ubicar a la persona, o no quiere Usted pagar la multa, acérquese a la oficina de tránsito que lo está citando y pida que le fijen fecha para audiencia.

Prepárese para esa audiencia, donde se valen todos los medios de prueba que la ley permite: testimonios, videos, audios, documentos, etc. Ténga listos todos esos elementos que va a presentar como prueba, para usarlos el día de la audiencia.

Si se trata de faltas por exceso de velocidad, elabore un derecho de petición solicitando la prueba de calibración del equipo, para que use ese certificado o su inexistencia, en la audiencia. CLICK AQUÍ SI QUIERE DESCARGAR UN MODELO DE DERECHO DE PETICIÓN DE CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN DE RADAR.

En muchas ocasiones no calibran los equipos  y si no tienen el certificado, puede pedir en la audiencia que además lo exoneren por incumplimiento del artículo 94 numeral 5, del decreto presidencial número 1471 de 2014. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58845

Como resultado de la audiencia, la autoridad de tránsito puede exonerarlo o sancionarlo. Si decide sancionarlo, dependiendo si lo hacen en la misma audiencia, usted debe interponer, INMEDIATAMENTE le comunican la sanción, el recurso de reposición y en subsidio el de apelación.

EL RECURSO DE REPOSICIÓN.

El recurso de reposición busca convencer al funcionario de que su decisión es incorrecta. Exponga las razones que Usted tiene para considerar que así es. Por ejemplo, que no se tuvieron en cuenta algunas pruebas, o que la decisión es violatoria de la constitución o de la ley.

RECURSO DE APELACIÓN.

Si la sanción fue oral, en la misma audiencia y Usted interpone los recursos, luego de decidir sobre la procedencia del recurso de reposición, el funcionario deberá informarle que de la decisión será enviada al superior para que la revise.

Y SI LA SANCIÓN LA EMITEN POR ESCRITO

Si al final de la audiencia le dicen que en x días le notificarán el sentido del fallo, esté atento y cuando le llegue, dentro de los 10 días siguientes interponga los recursos de reposición y en subsidio el de apelación, sustente todo lo que usted pretende hacer valer, por escrito. CLICK AQUI SI QUIERE DESCARGAR UN MODELO DE RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO EL DE APELACIÓN.

¿Y SI LE RATIFICAN LA SANCIÓN?

Si en realidad considera que es un asunto de honor y que ni por el chiras le deben quitar su dinero y tiene las pruebas o fundamentos suficientes para seguir luchando, entonces puede aún presentar una acción de tutela, para que se ordene a la entidad que lo descarguen del sistema SIMIT. CLICK SI QUIERE UN MODELO GRATIS DE ACCIÓN DE TUTELA.

En el país del sagrado corazón todo es posible, así que puede ser que le nieguen la tutela. En ese caso, si aún desea continuar la batalla, puede intentar presentar ante el juez administrativo una acción de nulidad y restablecimiento del derecho, para que anulen la resolución que le sancionó. Pero ese será tema de otro día.

A pesar de los modelos y explicaciones considera que necesita ayuda? Celular o whatsapp 3102224231

 

Tarifas:

 

Consulta presencial – Una hora $77.000

Elaboración técnica de derechos de petición $77.000

Elaboración técnica de acciones de tutela $257.000

 

 

 

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