¿Cómo se declara la Unión Marital de Hecho?

Si necesita declarar la unión marital de hecho, cuenta con nosotros. Pero también queremos compartirte las formas legales para hacerlo.

Mediante conciliación en centro autorizado por el Ministerio del Interior y De Justicia.

Requisitos:

En nuestro centro de conciliación, solo requiere los registros civiles de nacimiento (auténticos), de los interesados y copias de sus documentos de identidad.

En caso de haber hijos menores de edad, también se requieren los registros civiles de nacimiento.

Por escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. 

En este caso se requiere:

– Presentar solicitud dirigida en la Notaria, la cual contendrá nombre, identificación, edad, domicilio y los interesados, la manifestación de común acuerdo de la existencia de unión marital hecho y el tiempo de convivencia, con la manifestación si desean formar la sociedad patrimonial (sólo si llevan más de dos (2) años como compañeros permanentes).

– Copia del registro civil de nacimiento de los interesados (Auténticos). No será necesario aportar este anexo cuando el registro respectivo repose en los archivos de la notaría ante la cual se solicita el trámite.

– Fotocopias legibles de los documentos de identidad.

– En el evento de que los solicitantes tengan hijos, inventario solemne de los bienes propios de los menores bajo patria potestad o de los mayores incapaces en caso de que los esté administrando o declaración de inexistencia de los mismos.

– Poder especial con reconocimiento de contenido y firma ante Notario o si es en el exterior ante cónsul o debidamente apostillado si uno de los dos no puede asistir.

Sentencia declarada por juez

Si uno de los compañeros no está interesado, pero el otro si, se necesitará presentar una demanda para que sea un juez el que declare la existencia de la unión marital de hecho.

Como en toda demanda, se necesita probar lo que se dice, así que se deben aportar las pruebas de la convivencia de más de dos años, así como los registros civiles de nacimiento de los compañeros permanentes.

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