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El proceso monitorio: Para proteger del no pago a los mas pequeños!
Como cobrar deudas pequeñas del comercio o prestación de servicios con y sin cuentas de cobro.

EL PROCESO MONITORIO

Incluye modelo de demanda

¿Qué es? Es un proceso ejecutivo (de cobro) simple, que busca que por medio de una sentencia rápida, a una persona, natural o jurídica, se le obligue a pagar por la venta de unos servicios o productos que recibió y se niega a pagar.

Una cuenta de cobro no es un título valor, es decir, no puede demandarse para exigir el pago, como si puede hacerse con una factura, una letra o un cheque.

Para esto, el código general del proceso creó el proceso monitorio.

REQUISITOS:

  1. Que se trate de deudas menores a 40 salarios minimos legales mensuales vigentes. Para 2019 es equivalente a $33.124.000
  2. Que la demanda, a pesar de su sencillez, contenga los elementos básicos para determinar quien debe qué a quien, porqué conceptos, exáctamente de cuanto se trata, donde se puede notificar a las partes y las pruebas que va a hacer valer.
  3. Si se presenta contra una empresa, debe decirse quién es el representante legal y aportar un certificado de existencia y representación legal que se obtiene en la cámara de comercio con el nombre y/o NIT de la empresa demandada.

¿EN QUÉ CASOS Y PARA QUIENES APLICA?

Es especial para aquellos comerciantes y/o prestadores de servicios que no hicieron factura, pero que en todo caso vendieron un prodocto o servicio, o que hayan tenido una relación contractual con el demandado, aunque el contrato sea verbal.

EJEMPLOS DE POSIBLES DEMANDAS:

El tendero que otorgó unos créditos; el prestador de servicios que fió y no le pagaron y el del copropietario de un inmueble que no paga los gastos de mantenimiento del predio, en la parte que le toca.

DONDE SE DEMANDA?

Se presenta ante el juez civil municipal o ante el juez de pequeñas causas y competencia múltipledel lugar donde vive el deudor. En las ciudades donde hay varios juzgados, se presenta en el centro de servicios judiciales.

Donde solo hay un juzgado municipal, se presenta en directamente al juzgado.

Donde hay solo un juzgado municipal y uno de pequeñas causas, se presenta en el de pequeñas causas.

COMO SE PRESENTA?

Deben sacarse CUATRO copias: una para Usted, dos para el juzgado y una para el demandado. Además, preferiblemente, debe copiarse toda la información (demanda y pruebas), en un CD, que se presenta con la demanda.

VENTAJAS

RECOMENDACIONES:

Si la demanda es contra una empresa, adjunte certificado de existencia y representacion legal de la empresa, puede solicitarlo en la cámara de comercio, con el NIT y/o nombre de la empresa.

No olvide adjuntar las pruebas que pretende hacer valer.

SI DECIDE PEDIR MEDIDAS CAUTELARES, no olvide adjuntar la prueba de propiedad del bien del demandado, sobre el cual va a pedir la medida cautelar.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»10420″ alignment=»right»][/vc_column][vc_column width=»1/2″][rdy_icon_text icon_fontawesome=»fa fa-gavel» custom_icon_size=»60″ icon_color=»#00014c»]

MODELO DE DEMANDA

Aquí un modelo de demanda de proceso monitorio, totalmente concordada con el código general del proceso, lista para solamente llenar espacios en blanco.[/rdy_icon_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][rdy_button text=»Comprar modelo por $29.500″ margin_top=»0″ margin_bottom=»0″ border_radius=»0″ link=»url:https%3A%2F%2Fwww.losabogadosasesores.com%2Fproducto%2Fmodelo-de-demanda-proceso-monitorio%2F|title:Modelo%20de%20demanda%20proceso%20monitorio|target:%20_blank|»][/vc_column][/vc_row]

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