Aclaraciones sobre permisos al trabajador por calamidad doméstica.

De una empresa nos cosultaron sobre los permisos que la empresa debe otorgar al trabajador. Cuáles son obligatorios. Sobre calamidad doméstica, que debe entenderse en ese caso y hasta donde va la responsabilidad de la empresa o empleador.

PERMISOS OBLIGATORIOS

La empresa o el empleador estan en la obligación de dar al trabajador los siguientes permisos:

Para ir a votar; cuando éstos son designados como jurados de votación; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que, en los dos (2) últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa.

En caso de GRAVE CALAMIDAD DOMÉSTICA. Y en el dia de hoy nos ocuparemos específicamente de este tema.

QUE ES UNA GRAVE CALAMIDAD DOMÉSTICA.

El texto, según la corte constitucional, debe interpretarse como una GRAVE afectación de las condiciones NORMALES de vida del trabajador o de su entorno familiar.

Debe tratarse de algo realmente GRAVE, que suceda dentro del domicilio del trabajador; eventos imprevisibles que requieren la presencia del trabajador en su casa, ejemplos: para acompañar a su esposa a una urgencia médica, para llevar  los hijos al médico o acompañarlos durante una incapacidad y no hay quien más los cuide; o que el trabajador haya sufrido un accidente en su casa.

La calamidad doméstica se limita al domicilio del trabajador y a su familia que convive bajo el mismo techo con el trabajador, pero se extiende también a sus padres.

QUE NO ES UNA CALAMIDAD DOMÉSTICA GRAVE

Así que eventos como la enfermedad del primo, de la novia o el novio; el accidente que sufrió el perro, el gato; o la cita médica de la tia que vive en otra ciudad, no aplican y no pueden ser consideradas como calamidades domésticas. El trabajador que se ausente para cosas como esta pueden dar ocasión a que la empresa lo sancione o lo despida, de conformidad con su contrato y el reglamento interno de trabajo.

 

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Tema: Aclaraciones sobre permisos al trabajador por calamidad doméstica.

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