OBLIGACIONES PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
Tienes una empresa de transporte o estás pensando en crear una? Aqui te contamos CINCO OBLIGACIONES EMPRESAS DE TRANSPORTE
TE VOY A HABLAR DE CINCO RESPONSABILIDADES IMPORTANTES:
- LEY 769 DE 2002
- RESOLUCIÓN: 4959/2006
- RESOLUCIÓN: 5967/09
- DECRETO 431 de 2017
- DECRETO 1909/02
LEY 769 DE 2002 CODIGO NACIONAL DE TRANSITO TERRESTRE
PRINCIPIOS RECTORES DE ESTA LEY:
- SEGURIDAD MOVILIDAD CALIDAD EDUCACION
- LIBERTAD DE ACCESO LIBRE CIRCULACION PLENA IDENTIFICACION CUBRIMIENTO
LICENCIA DE CONDUCCION DIGITAL
YA NO ES OBLIGATORIA LA MARCACION DEL CASCO
NUEVOS LIMITES DE VELOCIDAD.
SANCIONES Y SUSPENCION DE LICENCIA DE CONDUCCION POR FRAUDE EN CURSOS PARA DESCUENTOS EN
INFRACCIONES DE TRANSITO
YA NO ES NECESARIA LA EXPEDICION DEL INFORME POLICIAL DE ACCIDENTE DE TRANSITO (IPAT) EN DAÑOS MERAMENTE MATERIALES
RESOLUCION 4959 DE 2006
SE ESTABLECEN DIFERENTES REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRANSPORTE DE CARGA EXTRADIMENSIONADA EN
FUNCIÓN DE SU ANCHO, ALTURA Y LONGITUD.
A. Longitud Carga hasta 1 metro: Aviso «Peligro Carga Larga» en vehículo:
- Carga 1-2 metros: Registro de operadores y aviso de seguridad.
- Carga 2-3 metros: Autorización conforme al artículo 8°.
- Carga que sobresalga por la parte delantera del vehículo: No se autorizará en ningún caso.
B. Anchura:
- Ancho de 2,6m a 3,0m: Registro de operadores, además, en carreteras, se debe respetar un límite de velocidad máximo de 40 km/h y colocar avisos de» Peligro Carga Ancha» en el vehículo. En vías urbanas, la velocidad máxima es de 20 km/h y se requiere la presencia de uno o dos vehículos acompañantes dependiendo de la cantidad de sentidos de circulación.
- Ancho de 3,0m a 3,3m siguen los mismos requisitos de registro y procedimientos del artículo 8°.
- Ancho de 3,3m a 3,6m: también se requiere el registro en el mismo registro de operadores y seguir los procedimientos del artículo 8°.
- Ancho superior a 3,6m: necesitarán una autorización especial que seguirá los requisitos establecidos en los artículos 9° y 10 de la normativa.
C. Altura:
Para el transporte de carga extradimensionada con una altura superior a 4.40 metros, se deben seguir los procedimientos y requisitos mencionados en los artículos 9° y 10 de la resolución. Es importante destacar que los permisos otorgados no permitirán el tránsito por vías rurales durante la noche (entre las 18:00ylas6:00 horas), pero en vías urbanas se podría autorizar el tránsito nocturno si se cierra la vía para otros vehículos. En este caso, se requerirá la aprobación previa de un Plan de Manejo de Tránsito por parte de la autoridad correspondiente.
En todo caso, las empresas de transporte tienen obligaciones de carácter tributariio, ante la alcaldía de su jurisdiicción, ante la DIAN y ante la UGPP; tienen obligaciones de presentar informes ante la superintendencia de puertos y transporte; tienen obligaciones laborales y comerciales. Además, deben mantener el sistema de acreditación vigente.
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