LÍMITES DE LA POLICÍA A LA HORA DE HACER SU TRABAJO
La policía, en ejercicio de su funcion de control del órden público, tiene asignadas unas tareas constitucionales, que tienen límites y deben ser respetados. Por ejemplo, hace algunos días vi un video donde unos policías rompen el celular de una persona que grababa sus actuaciones.
¿QUÉ ES LO QUE SI PUEDE HACER LA POLICÍA?
- Revisar el interior de los vehículos, así como verificar la procedencia y legalidad de las cosas que se transportan;
- Realizar registros personales externos a las personas;
- Solicitar documentos personales, de los vehículos y de las cosas;
- Pedir antecedentes de personas y vehículos;
- Ingresar a una vivienda, inclusive por la fuerza si de ella salen voces de auxilio o se tiene certeza de que en ella se encuentra en riesgo la vida de una persona;
- Pedir autorización a los porpietarios o portadores de maletas o equpajes, para revisarlos.
¿QUÉ NO PUEDEN HACER?
- Solicitar a una persona que se quite sus prendas de vestir;
- Realizar tocamientos a las partes intimas de las personas;
- Introducir sus manos en los bolsillos de la ropa de las personas;
- Realizar interrogatorios a una persona sobre su responsabilidad en actos delictivos, sin la compañia de un abogado y sin autorización de un juez de control de garantías;
- Ingresar a las viviendas sin autorización judicial o sin que haya justificación de haber escuchado voces de auxilio;
- Hacer burlas sobre las personas o sus situaciones;
- Hacer calificativos o lanzar juicios sobre las personas;
- Actuar como jueces o fiscales;
- Introducir sus manos en las maletas de las personas, sin su autorización;
- Utilizar la fuerza o la violencia sin justificación;
- Introducir sus manos u objetos en los orificios naturales de las personas.
¿QUÉ HACER CUANDO SE COMETEN ABUSOS POR PARTE DE LOS POLICÍAS?
Ante un abuso como los mencionados, usted puede rehusarse y resistirse sin que con ello viole la ley además, el afectado puede:
- Instaurar una denuncia ante la Fiscalía, por abuso de autoridad;
- Colocar una queja disciplinaria ante la dirección de asuntos internos de la Policía Nacional;
- Colocar una queja disciplinaria ante la procuraduría general.
- Si se comprueba el abuso y un perjuicio grave, se peude demandar a la nación para que pague los daños causados.
Alexander Gonzalez