¿LAS COMISIONES Y BONIFICACIONES SON SALARIO?
El concepto de salario tiene un efecto directo sobre las cesantías, primas, vacaciones y seguridad social.

CONFUSIONES SOBRE LOS PAGOS QUE SON Y NO SON SALARIO

Por correo, Sandra pregunta: «Yo gano 2 millones de pesos, de los cuáles recibo el mínimo como básico y el resto me lo pagan como bonos. ¿Eso es legal?».

Respuesta: La confusión nace de la interpretación equivocada de algunas empresas, sobre el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, que dice:

«El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales».

Sin embargo debe tenerse presente que este artículo hace referencia a la FORMA del pago: por tiempo, por unidad, por tarea, etc.

¿ENTONCES QUÉ ES SALARIO?

El artículo 132, debe interpretarse SIEMPRE, de acuerdo con lo establecido en los artículo 127 del mismo código, que dice:

«Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino TODO lo que recibe el trabajador EN DINERO O EN ESPECIE, COMO CONTRAPRESTACIÓN  directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, BONIFICACIONES habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones«.

De la lectura de este artículo se comprenden varias cosas:

a. Es salario TODO lo que recibe el trabajador de manera HABITUAL (Cada 15 o 30 días).

b. El trabajador puede recibir esos beneficios en dinero o en especie (alimentación, bonos sodexo o de mercado, etc)

c. El empleador paga al trabajador todas esas cosas (dinero + bonos o comisiones), por EL TRABAJO.

En este orden de ideas, la pregunta siguiente sería ¿Qué NO es salario?

NO ES SALARIO: todo lo que el trabajador recibe PARA la prestación del servicio, como los pagos que se le hacen para taxis, para la gasolina del vehículo o moto, los gastos en que incurre el trabajador por FUERA de la empresa, como alimentación, transporte, alojamiento, etc.

CONCLUSIÓN, ¿LAS COMISIONES Y BONIFICACIONES SON SALARIO?, ¿QUE EFECTOS TIENE?

La respuesta es un enorme SI. Si SON salario, los efectos son que las vacaciones, las primas, las cesantías y la seguridad social DEBEN liquidarse con base en el TOTAL del salario que devenga el trabajador, si no es así, se abre la puerta para que el trabajador demande a la empresa para que le pague todos los conceptos no pagados o mal liquidados.

Alexander González y Abogados Asociados S.A.S. – Abogado en Villavicencio whatsapp celular 3102224231

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Fuente normativa: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo.html

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