Formas de terminar un proceso penal

Las consultas que nos realizan diariamente incluyen diversas preguntas sobre las formas en que se puede terminar un proceso penal.

Existen varias formas de terminar un proceso penal, no necesariamente el juicio es la más aconsejable, aunque en ocasiones se torna necesario hacerlo.

Ir a Juicio 

La más común de las formas de terminar un proceso penal, es el juicio. Sin embargo, no siempre es conveniente y no siempre es posible hacerlo de otra manera. Es por ello que vale la pena planear la defensa, de forma adecuada.

El juicio es la forma normal de terminación del proceso penal. Se surte durante las diferentes etapas del proceso, que se inicia con la denuncia o informe, continúa con la indagación, luego la investigación y por último el juicio propiamente dicho.

Para llegar al juicio, se desarrollan diferentes audiencias:

  1. Formulación de imputación
  2. Traslado y oralización de la acusación
  3. Preparatoria
  4. Juicio

Preacuerdos

Los preacuerdos son negociaciones jurídicas, por medio de las cuales, la fiscalía y la defensa deciden no ir a juicio, con el ánimo de obtener un UNICO beneficio a favor del implicado.

Este. beneficio puede ser una rebaja de la pena, la forma en que ha de purgarse esa condena, la mutación del delito endilgado siempre que sea coherente con los hechos, o la aplicación de alguna circunstancia especial a favor del procesado.

Aplicación del principio de oportunidad

El principio de oportunidad es otra de las formas de terminar un proceso penal, pero en esta circunstancia, el implicado no será condenado, sino que será objeto de un «perdón», condicionado al cumplimiento de algunos requisitos, que pueden ser de colaboración, resarcimiento o indemnización por el daño causado.

Mediación

En muchas ocasiones el fiscal que tiene el caso se rehusa a preacordar o aplicar principio de oportunidad aún cuando la víctima está de acuerdo y puede ser resarcida. Entonces conviene analizar la posibilidad de acudir al mecanismo de la mediación, que permite igualmente la obtención de algunos beneficios a favor del implicado, de este mecanismo se puede conocer más en el artículo 522 y siguientes del código de procedimiento penal, y en la cartilla huellas, de la fiscalía general de la nación, numero 73 de 2011.

Conciliación

En algunos delitos menores, la conciliación permite, por si sola, el archivo del proceso o la preclusión, según la etapa en que se encuentra. En otros casos, la conciliación permite la aplicación del principio de oportunidad, preacuerdos o mediación.

Preclusión

Es una forma de terminar el proceso penal, por alguna de las causales contempladas en el artículo 332 del código de procedimiento penal.

Entre otras cosas se prevé la inexistencia del hecho investigado, la imposibilidad de continuar con la acción penal, la existencia de una forma de exoneración de la responsabilidad en el hecho investigado, etc.

La preclusión hace tránsito a cosa juzgada, permite levantar las medidas cautelares impuestas y la cancelación de los registros obtenidos de forma irregular.

Estas son las formas actuales que permiten terminar los procesos penales.

Audiencias preliminares

Ahora bien, dentro del proceso, existen audiencias que no son propiamente del juicio, llamadas preliminares, encaminadas a causar efecto en las demás diligencias, a incidir de alguna manera en el proceso y que se adelantan ante un juez de control de garantías.

Hay diferentes clases de audiencias preliminares. Las más conocidas son las iniciales, referentes a la legalización de captura, legalización de elementos incautados, formulación de imputación y petición de medidas de aseguramiento.

Pero son variados los objetivos de esas audiencias, entre ellas tenemos las busquedas selectivas en bases de datos (Que tienen control previo y control posterior), desarchivo, solicitud de suspensión de registros obtenidos fraudulentamente, controles previo y posterior a los allanamientos, entrega provisional de vehículo, etc. Son muchas las clases de estas audiencias que se realizan dentro del mismo proceso principal.

 

Alexander Gonzalez y Abogados Asociados S.A.S. Abogados en Villavicencio.

 

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