EL PROCESO DE PERTENENCIA
El proceso de pertenencia permite a una persona que haya tenido la posesión de un bien mueble o inmueble por un tiempo
determinado con animo de señor y dueño convertirse en el propietario del mismo a través de la prescripción adquisitiva.
HAY DOS TIPOS DE PRESCRIPCION:
PRESCRIPCION ORDINARIA:
Se requiere haber ocupado la propiedad de forma ininterrumpida y pacífica durante el termino de tres (3) años para los muebles y de cinco (5) años para bienes raíces. Además, es necesario contar con un documento que demuestre la adquisición del predio, como por ejemplo un contrato de compraventa u otro tipo de documento que acredite la posesión del terreno.
PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA:
Para los bienes inmuebles se requiere tener posesión continua durante un período de 10 años. En este caso, no es necesario contar con un título que demuestre la posesión, pero sí se debe comprobar la posesión a través de otros medios, como el pago de impuestos y el mantenimiento del bien.
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La declaración de pertenencia no procede respecto de bienes imprescriptibles o de propiedad de las entidades de derecho público.
Debe tener en cuenta que si solo tiene en arriendo el predio no podrá solicitar la declaración de pertenencia, ya que solo se puede
hacer por quien actúa como el dueño del predio.
Ver: https://losabogadosasesores.com/wp-content/uploads/2024/07/EL-PROCESO-DE-PERTENENCIA.pdf