¿Cuántas incapacidades mensuales puede presentar un trabajador?
LA INCAPACITITIS, UNA ENFERMEDAD QUE AQUEJA A MUCHOS EMPLEADORES
Ni el código sustantivo de trabajo, ni la ley 100 ni ninguna otra, definieron el tema.
Se trata de situaciones que aquejan a muchas empresas. En muchos casos corresponden a la realidad, en otros casos los trabajadores acuden hasta por un guayabo a la EPS y logran obtener incapacidades.
COMO CONTROLAR LA CANTIDAD DE INCAPACIDADES
La primera herramienta que tiene la empresa, es realizar un proceso de selección adecuado. Que el experto en selección de personal evalúe la salud psicológica y física del aspirante a empleado, así como su historial laboral. Una vez hecho eso, el seguimiento durante el período de prueba es imprescindible, porque una cosa es un trabajador que realmente sufre alguna enfermedad y otra muy distinta son los abusos que son tan comunes.
CASO 1. ENFERMEDAD REAL DEL TRABAJADOR
Cuando un trabajador ciertamente se encuentra enfermo y/o requiere constantemente tratamientos, o se debilita y se hace necesario que la EPS le otorgue incapacidades, la empresa está en la OBLIGACIÓN, de ser solidaria con ese trabajador y por lo tanto permitirle, sin ningún problema las incapacidades. Entonces en ese caso, ¿Cuántas incapacidades mensuales puede presentar un trabajador? La respuesta es: LAS QUE LE OTORGUE LA EPS.
CASO 2. ABUSOS DEL TRABAJADOR.
Hemos visto casos donde los trabajadores buscan la manera de estar constantemente incapacitados sin tener una enfermedad o requerir de algún tratamiento. No son raros los médicos que otorgan incapacidades hasta de 3 dias por intoxicaciones causadas por guayabos; otros resultan hipocondríacos y una brisa suave los enferma.
Usualmente, esos mismos trabajadores dan otras muestras de falta de ética, corresponde a la empresa desarrollar instrumentos por medio del reglamento interno de trabajo que le permitan tomar acciones frente a estas situaciones, para no incurrir en despidos injusificados o en conductas que se conviertan en acoso laboral.
¿CUÁLES CERTIFICADOS MÉDICOS SON VÁLIDOS?
La jurisprudencia ha determinado que las incapacidades válidas para la empresa son las que emite la EPS; las incapacidades determinadas por médicos o clínicas particulares por fuera de la EPS, deben ser convalidadas por esas entidades, de manera que si un trabajador acude a un médico particular, debe solicitar la transcripción en la EPS.
Por otra parte, la incapacidad debe radicarse en físico ante el empleador y la empresa esta en su derecho de verificar la autenticidad del documento y tomar medidas cuando no son auténticas.
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Alexander Gonzalez y abogados asociados S.A.S.
Fuente formal: Código sustantivo del trabajo